Recientemente, la Sala Plena de la Corte Constitucional prohibió el matrimonio infantil en Colombia y se determinó que la edad mínima para contraer matrimonio es de 18 años en adelante.
De acuerdo con el alto tribunal, mediante la Sentencia C-039de 2025, el matrimonio y las uniones maritales de hecho entre o con personas menores de 18 años resultan contrarios a la Constitución y en particular al bloque de constitucionalidad.
“Adicionalmente, determinó que las uniones tempranas constituyen una práctica nociva para los niños y niñas, que se sustentan en paradigmas culturales y estereotipos de género que deben ser superados”, señala el fallo proferido por el organismo.
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